Concepto de Compensación

Fin: en el siguiente apartado analizare el concepto de compensación para luego hacer una examen minucioso de la normativa del Código Civil en cuanto a regulación del derecho de la compensación, con la finalidad de poder hacer más adelante un comparación conceptual con la compensación tributaria.

Concepto: etimológicamente la palabra compensación proviene del latín cum y pensatio, que significa “pensar en otro”, pues se ponían en la balanza los créditos y deudas que tenían dos personas en forma recíproca. La compensación es un medio de extinción de las obligaciones en general, y entre ellas de la obligación jurídica tributaria. Carlos Alberto Ghersi dice que la compensación consiste en la existencia de dos relaciones obligacionales (créditos y débitos) recíprocas, en donde dos sujetos son, al mismo tiempo, deudores y acreedores entre sí (p.ej., Juan le debe a Pedro cien pesos y Pedro le debe a Juan cien pesos). Cuando esto sucede se produce la neutralización de ambas obligaciones, es decir, se extinguen las dos por igual, con la fuerza de un pago. Esto justifica que la doctrina haya denominado indistintamente, a esta forma de extinción de las obligaciones, pago recíproco, abreviado, simplificado, automático Carlos Alberto Ghersi. Obligaciones Civiles y Comerciales. Editorial Astrea. Segunda Edición. Ciudad de Buenos Aires 2005. Pág. 501.

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En resumen, la compensación se produce en aquellos casos en los cuales un mismo sujeto reúne la calidad de deudor y acreedor respecto de otro sujeto, en este caso se pueden compensar en tanto y en cuanto sean deudas y créditos líquidos y exigibles (no prescriptos) y se compensa hasta el importe del menor.

Como dije al comienzo de la monografía, la compensación es un instituto general del derecho que esta legislada en el Código Civil, pero a su vez también fue tratada por las normas tributarias en formar particular y más precisamente por la ley 11.683, aparte de resoluciones de AFIP que le han dado un tratamiento específico. Esto trajo como consecuencia la posibilidad de distinguir dos tipos de compensaciones:
• la compensación del derecho común (civil) y;
• la compensación tributaria.

Si bien el fin de este instituto del derecho sigue siendo el mismo, extinguir obligaciones, las características de las mismas son diferentes, dado que la compensación tributaria ha sufrido una serie de modificaciones para su adaptación al ámbito de las obligaciones jurídicas tributarias, con caracteres que le son propios.

Autor: Richard Amaro

Como citar este texto: 

richardamaro (14 de Ago de 2011). "Concepto de Compensación". [en linea]
Dirección URL: https://www.econlink.com.ar/concepto-de-compensacion (Consultado el 13 de Mayo de 2021)


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