Moratoria y Blanqueo de Empleo y de Capitales

Moratoria y Blanqueo de Empleo y de Capitales

Con la publicación en el Boletín Oficial de la ley 26.476 se ponen en vigencia los regímenes de facilidades de pago, regularización tributaria, promoción del empleo, protección del empleo registrado, y el régimen de exteriorización y repatriación de capitales.

ASPECTOS FUNDAMENTALES

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Regularización de obligaciones tributarias y de seguridad social

- Podrán incluirse todas las obligaciones tributarias y de seguridad social (excepto aportes y contribuciones a las obras sociales) vencidas al 31 de diciembre de 2007, con importantes quitas en concepto de intereses resarcitorios y punitorios. Tales quitas irán reduciéndose según la oportunidad en que se produzca la adhesión al régimen

- Sanciones y multas: Se condonan las multas formales y materiales que no se encuentren firmes, incluso en el caso de agentes de retención o percepción, y la suspensión de las acciones penales ya iniciadas contra evasores impositivos.

- Por las deudas tributarias habrá que realizar un pago del 6% sobre la deuda al adherirse, y el saldo podrá financiarse en hasta en 120 cuotas con un interés del 0,75% mensual.

- Se excluyen las obligaciones e infracciones vinculadas a regímenes promocionales que concedan beneficios tributarios, los intereses por aportes previsionales retenidos y no ingresados, y los intereses y multas derivados de las cuotas a las ART.

- La vigencia del régimen es por 6 meses a partir del primer mes posterior a la publicación de su reglamentación. De momento, se ha publicado la ley, es decir que la reglamentación se encuentra pendiente.

Regularización de empleo no registrado

- Se prevé un beneficio de reducción por dos años del pago de contribuciones patronales, correspondiente a empresas o sujetos que regularicen la situación de los trabajadores no declarados o declarados parcialmente

- Por los primeros diez trabajadores que se regularicen, se extinguirá la totalidad de la deuda -capital más intereses- originada en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social, correspondiente a los empleados regularizados.

- Sanciones y multas: Se establece la liberación de las multas y sanciones aplicables como consecuencia de tener empleados no registrados, por rectificación del importe de la remuneración o de la verdadera fecha de inicio de la relación laboral.

- La regularización deberá efectuarse dentro de los 180 días desde la entrada en vigencia de su reglamentación.

Exteriorización y repatriación de capitales

- Se establece un impuesto especial para la exteriorización y repatriación de capitales sobre las siguientes bases (tasa aplicable y concepto)

8% Bienes radicados en el exterior y tenencias extranjeras y divisas en el exterior que no se transfieran al país.

6% Bienes radicados en el país y tenencia de moneda local o extranjera a la que no se le dé destino especial.

3% Moneda nacional o extranjera, en el país o en el exterior, que se destine a la suscripción de títulos públicos (si se transfiere antes de los 2 años, se le adicionará un 5%).

1% Moneda nacional o extranjera, en el país o en el exterior, de personas físicas, que se destine a la compra en el país de viviendas nuevas.

1% Moneda nacional o extranjera, en el país o en el exterior, que se destine a la construcción de nuevos inmuebles, finalización de obras en curso, financiamiento de obras de infraestructura, inversiones inmobiliarias, agro-ganaderas, industriales, turismo o servicios en el país.

LIBERACIÓN

- Quienes declaren e ingresen el impuesto especial quedan liberados de toda acción civil, comercial, penal tributaria, administrativa y profesional. Asimismo, quedan liberados del pago de los impuestos que hubieran omitido declarar por los períodos fiscales comprendidos.

PRESCRIPCIÓN

Se suspende por un año el curso de la prescripción de la acción para determinar o exigir el pago de los tributos, para aplicar multas y la caducidad de la instancia en los juicios de ejecución fiscal o de recursos judiciales.

HÉCTOR BLAS TRILLO Buenos Aires, 24 de diciembre 2008

www.hectortrillo.com.ar

Como citar este texto: 

Ecotributaria (26 de Dic de 2008). "Moratoria y Blanqueo de Empleo y de Capitales". [en linea]
Dirección URL: https://www.econlink.com.ar/ecotributaria/moratoria-blanqueo-empleo-capitales (Consultado el 14 de Mayo de 2021)


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