INCUMBENCIAS DEL ECONOMISTA

INCUMBENCIAS DEL ECONOMISTA

El 23/7/2008 fue un dìa inedito para los Economistas en Argentina, ppalmente de Cap.Federal. Ese dìa el Consejo Prof. de Cs. Es. de CABA ("y de los contadores"), sacò una resolucion que exige firma de Economista en la presentaciòn de Bces. Proyectados, Flujo de Fondos y Evaluac. de Proyectos.

Pasaron muchos años (35) desde que estamos por ley, asociados a ese Consejo, que se hace algo concreto por la profesiòn. Como participante activo de la Comisiòn de Actuacion Profesional de Lic.en Economìa, les comento que costò mucho. Primero luchar con los Economistas que hace años estàn "metidos" en el Consejo, pero que su objetivo fue (¿es, serà?) otro, pero claramente no era para mejorar la profesiòn, especialmente su salida laboral. Y luego con los Contadores, claro.

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Ahora estamos definiendo la letra chica de dicha resoluciòn y proponiendo que diversas instituciones externas (BCRA, Sec.de Industria, BICE, etc.), exigan lo aprobado en la Resoluciòn.

Y otras cosas màs en carpeta, que por falta de Economistas que las tomen y se ocupen de ellas, no podemos propugnar.

Participen, que nadie nos va a regalar nada. Para màs info, ver www.ieconomista.com.ar (que no es competidor de este sitio, su objetivo como lo podràn ver es otro). Un abrazo a todos.

 

Como citar este texto: 

ljseconomista (09 de Oct de 2008). "INCUMBENCIAS DEL ECONOMISTA". [en linea]
Dirección URL: https://www.econlink.com.ar/ljseconomista/incumbencias-del-economista (Consultado el 14 de Mayo de 2021)


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