Impuestos

MONOTRIBUTO: EL COMPONENTE PREVISIONAL DE LOS DIRECTORES DE SOCIEDADES

Aquellas personas que efectúen aportes previsionales en carácter de autónomos por ser directores de sociedades, pero que a la vez tengan una actividad independiente para la cual se hallan inscriptos en el régimen simplificado, deben abonar el componente previsional también el componente previsional.

Recordamos que los directores de S.A., socios gerentes de S.R.L. y similares no pueden ser monotributistas por esa función, pero sí pueden serlo por otras actividades, como por ejemplo por desempeñar una profesión liberal independiente.

CASOS EN QUE CORRESPONDE APLICAR EL IMPUESTO A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA

El impuesto es aplicable a las empresas, sean éstas unipersonales, sociedades de hecho, sociedades comerciales de la ley 19.550 o fideicomisos. También están alcanzados los inmuebles rurales, aún los inexplotados, porque específicamente así está normado en el artículo 2 de la ley del rito.

Recordamos que este impuesto grava el activo y no el patrimonio, concepto que suele confundirse muchas veces. Existe un piso para su aplicación, que está sumamente desactualizado y que asciende a $ 200.000.- de valor de dicho activo.

Este impuesto se aplica y complementa con el impuesto a las ganancias, y podrá ser utilizado como parte de pago de dicho tributo en los siguientes 10 años. Como el ajuste por inflación se encuentra suspendido, los montos que pudieran utilizarse en ejercicios futuros lo serán a valor histórico sin excepción, como si se tratara de un simple anticipo o pago a cuenta.

La Afip controla la compra de divisas

En los últimos días hemos recibido muchas consultas vinculadas con la recepción de notas de la AFIP en las que se induce a los contribuyentes a aclarar su situación ante inconsistencias detectadas por el organismo recaudador ante la compra de divisas en entidades financieras sin que exista la debida justificación patrimonial.

Como se sabe, si bien es factible adquirir divisas en cualquier casa de cambio, al realizar la operación es necesario presentar el documento y suministrar el número de CUIT/CUIL, porque así lo exige la normativa vigente.

Actualidad Económica Argentina

No son pocos los aspectos positivos que muestra la economía mundial de cara a la situación de la Argentina. Pero la falta de una política económica que apunte realmente a la inversión y a la seguridad jurídica puede resultar lapidaria. Nos ocupamos en este comentario de aspectos específicamente económicos, intentando tanto como es posible evitar opiniones de orden social .

LA SITUACIÓN ACTUAL

La Argentina es uno de los pocos países del mundo que sigue apostando al impuesto inflacionario. Con una tasa del 25% anual por lo menos, resulta difícil disimular o negar la realidad. No sólo ante una evidencia práctica, sino inclusive ante la propia confesión a partir de la presentación de Presupuestos que llevan dentro de sí supuestos inflacionarios del orden del 8 o el 9%.

Usufructo

Tratamiento Impositivo del Usufructo

En este trabajo encaramos una reseña de aspectos tributarios de esta antigua figura, que se encuentra legislada en el Código Civil.

Aspectos Jurídicos

El usufructo es un derecho real que se encuentra normado en el artículo 2807 del Código Civil. Implica el uso y goce de una cosa cuya propiedad pertenece a otro, en tanto no se altere su sustancia.

La constitución de un usufructo requiere un contrato, y también puede ser un acto de última voluntad. Pueden darse también casos en que se lo crea por ley o que se dé en la práctica por prescripción.

El contrato puede ser oneroso e implicar la venta o partición de un bien con reserva de la nuda propiedad. Y también puede ser enajenada la nuda propiedad mientras que el enajenante se reserva su uso y goce.

Indemnizaciones por siniestros en el impuesto al valor agregado

Autor: Richard Leonardo Amaro Gómez

Introducción. Marco Normativo

La ley del impuesto al valor agregado establece como hecho imponible en su artículo 1 la venta de cosas muebles situadas o colocadas en el territorio nacional realizadas por determinados sujetos:

a)los que hagan habitualidad en la cosas muebles o realicen actos de comercio de manera accidental o sean herederos o legatarios de responsables inscriptos en este último caso por la venta de bienes que en cabeza del causante hubieran estado gravado,

b)realicen en nombre propio pero por cuenta de terceros , ventas o compras,

c)sean empresas constructoras,

d)presten servicios gravados y,

e)sean locadores, en casos de locaciones gravadas.

En consecuencia, hay tres elementos esenciales para que se configure el hecho imponible en la venta de cosas muebles:

a)Elemento objetivo: deben ser cosas muebles.

b)Elemento espacial: que estén situadas o colocadas en el territorio nacional.

Régimen de Información para Monotributistas

Informamos en este trabajo de manera práctica las características del nuevo régimen de información para monotributistas establecido por la R.G. (A.F.I.P.) 2888

El nuevo régimen de información deberá ser cumplido por determinados contribuyentes inscriptos en el Monotributo a partir del vencimiento del segundo cuatrimestre calendario. Sucintamente damos a continuación los detalles de esta nueva obligación.

SUJETOS OBLIGADOS

Están obligados a la presentación los sujetos monotributistas que, a la finalización de cada cuatrimestre calendario al que corresponda la información:

a) se hallaren comprendidos en las categorías "F", "G", "H", "I", "J", "K" o "L";

b) sean empleadores, aunque no se encuentren comprendidos en las categorías antes mencionadas.

Registro de Operaciones Inmobiliarias y Reg. de Información

Autor: Estudio Contable Lombardi & Lombardi

SÍNTESIS DEL RECIENTE RÉGIMEN ESTABLECIDO POR RESOLUCIÓN GENERAL AFIP Nº 2820/2010

Mantiene la vigencia el Registro de Operaciones Inmobiliarias (ROI), en el que debían inscribirse los que intervienen en las operaciones de compraventa y/o locación de bienes inmuebles.

Extiende los alcances de dicha norma a operaciones de Locadores de Inmuebles.

Modifica el monto para quienes desarrollen emprendimientos inmobiliarios, por cuenta propia y sin la intervención de inmobiliarias, para que estén obligados a inscribirse.

Implementa un control sobre las locaciones y/o cesiones de derechos reales sobre inmuebles, habilitando un régimen de información para locadores o cedentes de dichas operaciones.

REGISTRO DE OPERACIONES INMOBILIARIAS

A - SUJETOS OBLIGADOS A INSCRIBIRSE EN EL ROI

Bancarización

LA LUCHA ESTATAL CONTRA LA BANCARIZACIÓN

El afán estatal de recaudar dinero a como dé lugar conspira de manera dramática contra la llamada bancarización; es decir, contra la necesidad de que los fondos de la economía circulen dentro del sistema financiero

Para nosotros es algo bastante natural. Las operaciones comerciales en la Argentina suelen hacerse en efectivo cuando revisten cierta importancia. Y además suelen hacerse en moneda extranjera, esencialmente en dólares.

Esta realidad tiene mucho que ver con varios factores que probablemente no siempre observamos con el detenimiento necesario.

Monotributo - Declaración Jurada Cuatrimestral

Los monotributistas empleadores y aquellos que se encuentren en las categorías F a L, deberán presentar una declaración jurada cuatrimestral.

Esta declaración jurada se realizará a través del sitio de la AFIP - Sistema Registral - Declaración de Monotributo Informativa

Deberá ser enviada hasta el último día hábil del mes inmediato siguiente al de la finalización de cada cuatrimestre (Mayo, Septiembre y Enero). La primer presentación deberá realizarse antes del 30 de setiembre

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