Facilidades de Pago AFIP

El Lic. Alberto Abad anunció algunos cambios en los planes de facilidades de pago vigentes para deudas vencidas ante la AFIP. Los reseñamos y de paso comentamos brevemente algunos conceptos que nos resultan cuando menos discutibles

Aquellos contribuyentes que facturen por más de 50 millones de pesos por año ya no podrán financiar sus deudas impositivas a una tasa del 1,5% mensual, ya que la misma fue elevada desde el 1° de julio al 2%.

Según se anunció, la AFIP “advirtió” que el bajo costo financiero de estos planes se había convertido en un incentivo para “las grandes compañías” que de tal modo han venido prefiriendo recurrir a estos planes en lugar de abonar al vencimiento sus impuestos.

Resulta curioso que solamente lo hubiera “advertido” para aquellos contribuyentes que venden por encima de los 50 millones anuales señalados, ya que si el financiamiento es barato, lo es para todo el mundo. De manera que nos propusimos incursionar un poco más en las declaraciones públicas del secretario Abad.

“No estamos para financiar a millonarios, estamos para ayudar a las pequeñas empresas”, afirmó el funcionario.

El primer detalle que resalta en este punto, y que no es menor, es si es la AFIP la encargada de definir a quiénes ayudar y cómo, o tal vez esa función está reservada a otra área del Poder Ejecutivo, esto dando por sentado que sea preciso ayudar a alguien a pagar sus impuestos, dado que se supone que los mismos guardan relación con la capacidad contributiva y financiera de éstos para pagarlos, y por lo tanto resulta paradójica tal ayuda.

El segundo aspecto interesante es la diferencia que se hace entre quiénes deben ser ayudados y quiénes no, especialmente si tenemos en cuenta que las tasas de impuestos guardan proporción con los patrimonios en juego y los problemas financieros pueden ser tanto de patrimonios mayores como de patrimonios pequeños.

Un tercer aspecto es precisamente ese: no se miden patrimonios sino ventas, de donde se infiere que el Lic. Abad considera “millonarios” a quienes venden más de 50 millones y “empresas pequeñas” a quienes lo hacen por menos. Existen en la Argentina grandes fortunas que no venden nada, por ejemplo.

Como se ve, la relación entre las necesidades recaudatorias, la opinión personal sobre a quién castigar y a quién no, y la equidad y la igualdad ante la ley entran en juego en este extraño entrevero.

Insistimos en que si los impuestos son equitativos y justos las dificultades para pagarlos, o las facilidades para no hacerlo al contado deben ser iguales para todo el mundo.

Si el costo de la financiación bancaria es mayor que el que otorga la AFIP, el tener que recurrir a la primera y no a la segunda (que es la intención declarada del funcionario de marras) encarece la tasa final del tributo para los contribuyentes no favorecidos, en tanto que la disminuye para los segundos. Una función que está lejos de quedar en cabeza del administrador fiscal.

A esto cabe agregar el hecho de que en la Argentina se abonan todo tipo de anticipos, retenciones, percepciones y pagos a cuenta (incluyendo el pequeño porcentaje del impuesto al cheque que puede descontarse de otros tributos) cuya tasa de interés es de cero, obligación que de paso sea dicho tienen también las empresas que están por debajo del tope de ventas señalado. Como es obvio, la presión tributaria adicional que estos pagos anticipados significan, tiene relación directa con la tasa de interés vigente en el mercado en un momento dado.

La distinción entre millonarios y no millonarios, incluso utilizando esa terminología, encierra un prejuicio ideológico que no debemos dejar de señalar. Recordamos que la igualdad ante la ley es la base de la tributación y de las cargas públicas. Los impuestos no son un castigo a los “ricos”, sino una carga que la cada uno de nosotros debe soportar para sostener la administración común.

Esto mismo está ocurriendo en la provincia de Buenos Aires con las actitudes del Lic. Montoya persiguiendo personas “ricas” que parece ser que por serlo tienen más obligación de pagar que quienes son más modestos. La realidad es que si los impuestos están es para que sean pagados y por todos, de lo contrario lo que debe hacerse es simplemente desgravar a quienes poseen menos recursos materiales, porque gravarlos es injusto.

Dejemos bien en claro, de paso, que los funcionarios nombrados actúan en nombre de nuestros gobernantes y legisladores. No son cruzados como hemos leído por ahí. Las leyes que avalan los procedimientos son votadas en las legislaturas.

Bien, dicho todo esto vayamos al punto de las modificaciones concretas en los planes de facilidades de la AFIP.

El plan conocido como “La Mochila”, esto es: las deudas anteriores al 31 de agosto de 2005 continuará vigente hasta el 31 de diciembre de este año, y no se modifican las tasas de interés, lo que sí ocurre en el plan de facilidades permanente de la manera que queda señalada más arriba.

Otra modificación es que quienes se presenten en estos planes podrán igualmente litigar ante la justicia, tal como lo señaló el Lic. Abad, cosa que hasta el presente estaba vedada.. No nos queda claro qué ocurrirá con aquellos contribuyentes que adhirieron a estos planes con anterioridad en tal sentido.

Estos son los aspectos más relevantes. Nos resta decir que desde el 1° de julio también se modificará la tasa de interés resarcitorio que aplica la AFIP, en este caso para todos los mortales sin distinción entre millonarios y el resto.

Buenos Aires, 1 de julio de 2006

HÉCTOR BLAS TRILLO

Contador Público

Enviar un comentario nuevo
El contenido de este campo se mantiene como privado y no se muestra públicamente.
CAPTCHA
Esta pregunta es para comprobar que usted es un visitante humano y evitar spam
Secciones del Sitio www.econlink.com.ar