Afiliación Sindical

Afiliación Sindical

Desde el punto de vista histórico hicieron falta más de 60 años para que una Corte Suprema, la que fuere, se decidiera a declarar la inconstitucionalidad de la afiliación obligatoria para poder desempeñar el cargo de delegado gremial en una actividad. Reiteramos: ¡más de 60 años!

El sindicalismo fascista, copiado de la Carta del Lavoro mussoliniana, ungido bajo el esquema corportativo de la ley Rocco en los tiempos del dictador peninsular, se había sentado de manera definitiva bajo la pantalla del movimiento obrero organizado en los comienzos del régimen peronista. Sobre la base de decretos-leyes surgidos de la revolución del 4 de junio de 1943, terminó dictándose en 1953 la vieja ley 14250 de asociaciones profesionales que luego sufriera algunas modificaciones a lo largo de los años hasta desembocar en la situación actual.

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El sindicato único por rama de actividad con personería gremial otorgada por el Poder Ejecutivo posibilitó y posibilita un verdadero monopolio, un mercado cautivo a merced del Poder Ejecutivo. El famoso movimiento obrero organizado del primer peronismo que llenaba las plazas públicas cuando el fallecido presidente Perón o su segunda esposa Eva Duarte vociferaban sus consignas desde los balcones.

Posteriormente, se agregó el régimen de obras sociales, que en los primeros años de su existencia implicaba también el aporte compulsivo al sindicato oficial para que atendiera la salud . Actualmente es posible cambiar de obra social, aunque es preciso mantener igualmente un porcentaje de colaboración con el sindicato de la rama para la que se trabaja. Eso sí, antes y ahora, es obligatorio aportar por parte de los trabajadores, y contribuir por parte de los empresarios.

Estos aportes y contribuciones, junto con los correspondientes al sindicato oficial, constituyen la tan mentada caja por la que pelean los llamados gordos desde hace más de 6 décadas. Muchos de ellos han muerto y han sido sucedidos por sus hijos y por sus nietos, en distintos cargos . Y todo el mundo sabe el estándar de vida que lleva esta gente y el patoterismo con que actúa. Baste recordar el caso del traslado del cadáver de Perón a San Vicente, cuando el chofer del hijo del actual titular de la CGT la emprendió a los tiros ante las cámaras de la televisión.

Muchas veces se han dado en la historia reciente casos de crímenes originados en disputas por la caja justamente. En otros casos razones políticas de diversa índole. O el formar parte de diferentes camarillas de la misma cosa, como ocurre hoy mismo entre Hugo Moyano y Luis Barrionuevo.

Bien, no queremos extendernos demasiado en estos tristes recuerdos (Vandor, Rucci y tantos otros muertos, sin culpables, por lo demás). Tan sólo queremos señalar que finalmente una Corte Suprema sobre cuya independencia personalmente tenemos todavía bastantes dudas, ha tomado el toro por las astas en la materia y ha decidido que de una buena vez la democracia debe empezar a gestarse también en materia sindical.

Claro. Salir el fallo y venirse la · gordura con los tapones de punta fue un solo acto. Sindicalistas, abogados amigos, y hasta algunos ministros del Poder Ejecutivo han salido a intentar delimitar los efectos de la refrescante decisión del Tribunal Supremo, que además fue unánime.

El dirigente del gremio de los judiciales fue uno de los primeros que salió a intentar justificar la vigencia del fascismo sindical. Dijo entre otras cosas que para la justicia social hoy es un día desafortunado . Tamaño dislate no podrá ser igualado a nuestro entender. Y si participáramos en uno de esos periódicos que en tapa publican la frase del día no tenemos dudas de que esa sería la elegida. Los sindicalistas y el cuerpo de profesionales que revolotea en torno de ellos llevan un nivel de vida en muchos casos fastuoso, cosa que es de sobra conocida por todo el mundo. Hasta la ropa, en muchos casos informal (como las recordadas camperas de Saúl Ubaldini, u hoy mismo de Hugo Moyano), es de primerísima calidad y seguramente carísima. Estos señores, que se mueven en automóviles de alta gama , rodeados de guardaespaldas, a quienes en muchos casos se acusa de poseer propiedades y campos, y que jamás se han animado a mostrar sus declaraciones juradas argumentan, en este caso por boca de Piumato, que se trata de una jornada desafortunada para la justicia social. Cosas veredes, Sancho.

Este lenguaraz dirigente, también ha dicho que el fallo es un verdadero disparate y está hecho con intencionalidad política. Se busca debilitar a los trabajadores y favorecer el monopolio del poder político . Acá no solamente bastardea al Tribunal Supremo acusándolo de politiquero y de votar (en forma unánime, además) un disparate . También se acusa a la dirigencia política de gestar un fallo de este tipo para dividir .

Pero veamos: ¿se ajusta a lo dispuesto en la Constitución Nacional la libre elección de afiliación o no? ¿Es democrático que la personería gremial tal como la conocemos solamente sea concedida por el poder político (justamente) al sindicato que tal poder considera más representativo ? ¿Es democrático que los demás sindicatos que pudieran conformarse no cuenten con recursos provenientes de aportes compulsivos con los que sí cuentan los sindicatos legales ? ¿Es ético, justo, democrático, pluralista o como quieran llamarle que solamente podamos elegir delegados entre quienes están afiliados al sindicato oficial ?

El sindicato único por rama de actividad vino a reemplazar la estructura sindical vigente en las primeras décadas del siglo pasado, de extracción por lo general anarquista y que no aceptaba las dádivas del poder político. El sindicato único y las organizaciones forjadas a partir de la ley 14.250 pretendieron oficializar el brazo sindical del peronismo de entonces y nunca pudieron ser cambiadas.

La reforma constitucional de 1957, llevada a cabo durante un régimen de facto, incorporó el artículo 14 bis y en él entre otras cosas se refirió a la sindicalización con el sólo requisito de la inscripción en un registro especial . Pero ya los sabios constitucionalistas de 1853 habían previsto, en el omnipresente y omnisapiente artículo 14 original que todos los habitantes de la Nación tienen el derecho de asociarse con fines útiles. Y pueden trabajar y ejercer toda industria lícita. ¿Cómo pueden llevar adelante sus derechos si pueden resultar discriminados por el sólo hecho de no afiliarse al sindicato oficial?

El fallo de la Corte ha puesto las cosas en su lugar. Por una vez la Nación ha vuelto a sus fuentes. Por eso los acomodaticios de los cargos sindicales vitalicios están que trinan.

Resulta un verdadero y patético sofisma argumentar que la libertad sindical puede resultar caótica y complicar las negociaciones entre empleados y patrones. La libertad siempre implica el disenso y el consenso, algo a lo que muchos de nuestros dirigentes no están acostumbrados. Por eso la proliferación de superpoderes y decretos de necesidad y urgencia. Por eso el Congreso viene resultando una simple secretaría del Poder Ejecutivo donde sus integrantes votan apropiaciones de ahorros de la gente como si tal cosa. La única excepción fue, como sabemos, la crisis del campo, donde el mismísimo vicepresidente de la Nación votó en contra. Desde el Poder Ejecutivo, infantilmente, decidieron darle vuelta la cara, ningunearlo como se dice ahora. Pero, uno reflexiona acerca de por qué el presidente del Senado y vicepresidente de la República habrá de tener el voto de desempate cuando según la presidenta y su facción considera que debe votar de acuerdo con lo que ella prefiere. Si el vice siempre debe votar según la idea del Presidente, entonces bueno sería eliminar esa condición y en caso de empate que directamente gane el local . Pero no queremos disgregarnos más.

Ahora la pelea se da con la C.T.A. que hace años viene solicitando la personería gremial sin éxito. Puede ser una pelea feroz, ya que los sindicalistas de esta organización no difieren en nada de los de la otra. Algunos de sus más conspicuos dirigentes han de tener no menos de 20 años al frente de sus gremios. La eternidad es el límite.

En otros países, como en Uruguay por ejemplo, ni siquiera existen leyes que pretendan defender a los trabajadores según la óptica oficial. Los trabajadores se defienden solos. Como lo hacen los consumidores. O quienes fueren según sea el caso.

El paternalismo parece haber servido en la Argentina únicamente para gestar una estructura autoritaria donde pulula el mandamasismo oficial. Los capos deciden por nosotros. ¿Algún empresario medio conoce empleados que hubieran decidido no aportar al sindicato oficial?

Como vinculados al comercio que estamos, muchas veces hemos visto avisos en los diarios publicados por el Sindicato de Empleados de Comercio que regentea desde siempre don Armando Cavalieri, intimando a los empresarios a efectuar los aportes que estima son obligatorios para todos.

Por eso, por todo eso. Y por muchísimo más, es que nos alegramos ante esta verdadera bocanada de aire fresco que nos regaló una Corte en la que francamente nunca creímos demasiado. Sobre todo a partir de que se bancó ser reducida en número luego de más de un año de no contar con los 9 miembros que disponía la ley.

HÉCTOR BLAS TRILLO Buenos Aires, 14 de noviembre de 2008

www.hectortrillo.com.ar

Como citar este texto: 

Héctor Trillo (15 de Nov de 2008). "Afiliación Sindical". [en linea]
Dirección URL: https://www.econlink.com.ar/hector-trillo/afiliacion-sindical (Consultado el 13 de Mayo de 2021)


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