Default de Deuda Argentina

Default de Deuda Argentina

Entre nosotros digamos que la salida del default y el canje de la deuda, finalmente concretado, ha hecho que la consultora Standard and Poors sacara a nuestro país de la condición de “default”, por lo cual los fondos de inversión están ahora autorizados a comercializar bonos argentinos. Esto implica, naturalmente, un retorno a la normalidad, al menos en un principio. Como se sabe, restaurar la confianza lleva años, pero los negocios con títulos posdefault ajustables por inflación, por ejemplo, son tal cosa hoy.

Precisamente la tendencia a colocarse en pesos en títulos indexados para hacer diferencia en dólares, dado que la divisa norteamericana sigue “planchada”, aumenta la llegada de los llamados “capitales golondrina”, que acuden raudamente a hacer grandes diferencias en cortos lapsos. Por eso el gobierno ha dispuesto alargar a un año el plazo de ingresos de divisas con fines de colocación financiera. Además, ha establecido la obligación de dejar como encaje no remunerado el 20% de los montos ingresados por tal fin. Es decir que una vez más se acude a la mecánica de evitar la consecuencia en lugar de corregir la causa.

​​

Porque la causa es la tasa de interés creciente y la indexación de los títulos en pesos provocada por la decisión del gobierno de mantener el tipo de cambio alto, dado que para tal fin debe emitir moneda que luego retira mediante colocaciones de Lebacs a tasas crecientes, tal como venimos reiterando semana a semana.

Otro aspecto a comentar es que la recaudación del mes de mayo ha superado los 12.000 millones de pesos, un número esperado pero igualmente altamente positivo. Sin embargo, como siempre decimos, cuando la recaudación aumenta se produce un enfriamiento de la economía, dado que lo que se paga en impuestos y genera superávit, se deja de gastar.

El gobierno sigue comprando dólares masivamente, y ha llegado en el mes de mayo a una cifra de 1.500 millones de esa moneda, buena parte mediante emisión pura de moneda, y el resto mediante los fondos del tesoro, es decir del superávit, depositados en el Banco Nación.

La suba de los salarios mínimos desde 450 pesos a 630 escalonada en 3 meses, no es más que el reconocimiento de las llamadas “asignaciones no remunerativas” otorgadas por decretos del Estado con anterioridad, que ascendían a 150 pesos netos y se convertirán en 180 pesos brutos para cubrir el efecto de las retenciones previsionales al incorporarse al sueldo. Es decir que significan un aumento de los costos para las empresas y no una mejoría de salarios real. En este aspecto reiteramos lo que siempre decimos también: los salarios suben cuando aumenta la productividad, al tiempo que baja la desocupación. Pero no lo hacen por efecto de decretos o disposiciones, que a la larga se vuelven contra los mismos trabajadores presionando los índices de inflación y fomentando todavía más el empleo en negro. Es que es indispensable tener en cuenta que las normas impuestas producen cambios en los mercados, y éstos deben ser analizados antes de tomar las medidas, porque después las consecuencias se hacen inevitables. Claro que acá están en juego los reclamos sindicales, que antes que nada apuntan a las llamadas “cajas” que afectan, precisamente, a los propios sindicatos. Lamentablemente.

Digamos para ir terminando que en Italia la Corte ha determinado que no tiene jurisdicción sobre la deuda argentina en materia de default, ya que los bonos en poder de acreedores del país peninsular están emitidos bajo legislación de otros países, como el Reino Unido o Alemania. Este aspecto favorece a nuestro país en materia de reclamos por la deuda, dejando de lado el hecho de que moralmente siempre el no pagar lo adeudado deja una secuela de desconfianza enorme por parte de quienes se sienten estafados. Lo cierto es que aún está pendiente qué cosa se hará con los bonistas que no entraron en el canje, y es sabido que cualquier gestión para acordar con el FMI implica el reconocimiento de que tales obligaciones no se extinguieron ni mucho menos.

Como citar este texto: 

Héctor Trillo (02 de Jun de 2005). "Default de Deuda Argentina". [en linea]
Dirección URL: https://www.econlink.com.ar/notas/deuda (Consultado el 13 de Mayo de 2021)


Se encuentra usted aquí