Cómo liquidar Sueldos para Fatsa CCT 108/75 considerando IPCBA - INDEC

22 de diciembre de 2017 · Magali Villamarino · 1 comentarios

Buenas tardes, tengo que liquidar vacaciones 2017 para el período Enero 2018 con el CCT 108/75 de FATSA y mi duda se genera a partir del inciso del acuerdo que dice 

"Las partes acuerdan que en el mes de enero 2018, al día siguiente a la publicación por parte del Instituto Nccional de Estadísticas y Censos, del índice de Precios al Consumidor - IPCBA, Nivel General ----./ ) (IPCBA -INDEC), las escalas de salarios básicos se adecuarán de la siguiente manera, en forma automática:

a) si el referido índice fuese igualo inferior al veinte por ciento (20%) de inflación para el período enero / diciembre 2017 las escalas se mantendrán sin modificaciones hasta el vencimiento del presente.

b) si la medición del IPCBA - INDEC, en el referido período, fuese superior al veinte por ciento (20%) las escalas de salarios básicos se ajustarán porcentualmente de modo tal que tengan como resultado un incremento de dos puntos porcentuales superiores al IPCBA ­ INDEC, tomando como referencia las remuneraciones vigentes al 30/06/2017. Las partes se comprometen a rubricar las nuevas escalas que surjan por aplicación del supuesto b) a los fines de su registración."

 

Tengo que liquidar con la escala que figura actualmente y luego generar el ajuste en caso de que haya modificaciones??

Muchas gracias

Laboral

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1 comentarios

Hay que esperar si el

Hay que esperar si el sindicato va a hacer uso de la "Cláusula Gatillo".

En caso que las apliquen, la misma normativa te dice que tienen que publicar las escalas.

Saludos.