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mabel guzzi
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Fiscalización electrónica: Prórroga

buen día,
debo solicitar prórroga para contestar la solicitud de datos por fiscalización electrónica afip,
por lo tanto informar el motivo de pedido, solo se trata de tomarme unos días para interiorizarme y contestar
con mayor tiempo el requerimiento, pueden sugerirme el texto de este motivo, muchas gracias

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estudio contable sergio carbone
Estudio Contable GS
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Brindar esa información refiere a entregar nuestro trabajo a cambio de nada.

Si lo va a hacer por su cuenta, adelante.

De lo contrario, puede tomar los servicios de un Profesional para realizar la prórroga como así también el escrito de descargo, abonando los Honorarios correspondientes.

Los trabajos no se realizan vía "notas modelo". Un trabajo bien realizado se hace tomando el debido tiempo para su análisis y posterior contestación en base al caso particular.

Si quiere "notas modelo" en internet hay. No le aseguro que llegue a buen término con ellas.

Saludos.

Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
[email protected]
http://www.estudiocontablegs.com.ar

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Sergio Carbone
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Estimado

El otorgamiento de prórrogas por parte del fisco nacional es una cuestión facultativa y no una cuestión obligatoria por lo cual, ante la solicitud, este puede otorgarla, o denegarla. Asimismo, de otorgarla, puede ser que lo haga por el tiempo requerido por un lapso menor.
Las normas procedimentales colocan en un pie de igualdad al administrado y a la administración pero siempre buscan tutelar el objetivo final que es la recaudación fiscal.

Si el motivo expresado en el pedido de prórroga no es suficiente para interpretar que, de no ser esta otorgada, el contribuyente no podrá contestar el requerimiento con el acabado grado de detalle que se requiere, vulnerando de esta manera derechos personalísimos protegidos en nuestra carta constitucional, entonces esta puede no ser otorgada. Por ello es que mi colega le expresa que será prudente consultar con un profesional en el tema.

Por otro lado, la respuesta a la fiscalización electrónica implica un acto del administrado (usted) hacia la administración y, con ello, todo es realizado en carácter de declaración jurada. Una información inconsistente o errónea que brinde o bien algo que no corresponda puede llevarle a un inicio de fiscalización del cual se anoticiará con la recepción de una Orden de Intervención entonces ahí si va a terminar preocupándose.

Para responder a las fiscalizaciones electrónicas es necesario que se analice, previamente, la historia tributaria del contribuyente, cuestión que solo puede ser realizada por un profesional avezado en el régimen tributario argentino.

Naturalmente si requiere asesoramiento puede contactarme o bien contactarlo al Dr. Sequino

Dr. Sergio Carbone
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